ORDENANZAS MUNICIPALES:
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (Modificación aprobada en Pleno extraordinario de fecha 14 de febrero de 2003 y en Pleno ordinario de fecha 28 de octubre de 2004)
Art. 2.
1. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza Urbana queda fijado en el 0.40 %
2. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 1.05 %
Documentos Adjuntos
Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar

Este proyecto ha sido incentivado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía. ORDEN 9 de mayo de 2006.